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Nota: La intención de la información que provee la Alianza Comunitaria de Inquilinas/os es únicamente para uso educativo. No es un substituto de los consejos de un abogado/a
¡Generalmente, salvo en caso de emergencia, la propietaria/o tiene que darle al inquilino/a un aviso verbal o escrito de 24 horas antes de entrar!
Un propietario/a puede entrar en la propiedad por las razones siguientes:
• Para inspeccionar la propiedad
• Para hacer reparaciones necesarias y/o acordadas
• Para proveer los servicios necesarios y/o acordados
• Para mostrar la propiedad a dueños/inquilinos potenciales (90.322)
La propietaria/o puede entrar sin el permiso del inquilino/a en los casos siguientes:
• Emergencias
• Cuando la inquilina/o haya pedido reparaciones por escrito sin limitar al acceso (El propietario/a puede entrar en los 7 días siguientes sin aviso. Pero sólo si la inquilina/o ha pedido reparaciones por escrito. ¡Y tenemos el derecho de limitar su acceso en una manera razonable!)
• Cuando el inquilino/a haya estado ausente por mas de 7 días y sea necesario entrar
• Por el cumplimiento de una orden legal
• Cuando la inquilina/o haya abandonado la propiedad
• Para entregar un aviso
• El propietario/a también tiene el derecho de entrar al jardín u otro espacio afuera sin dar aviso por razones de mantenimiento si es parte del acuerdo de arriendo.
¡Si la propietaria/o entra de una manera ilegal, el inquilino/a tiene el derecho de recobrar los daños equivalentes al pago de un mes de renta al menos! (90.322(7))