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Represalia

Nota:  La intención de la información provista por la Alianza Comunitaria de Inquilinos/as es únicamente de uso educativo.  No es un substituto de los consejos de una abogada/o.


La ley de Oregon prohíbe que los propietarios/as tomen represalias contra inquilinas/os (ORS 90.385).  Básicamente, la represalia es cuando un propietario/a hace cualquiera de las siguientes cosas:

• Aumenta la renta
• Disminuye o deja de proveer servicios
• Amenaza o trata de desalojar a una inquilina/o


después de que un inquilino/a ha hecho cualquiera de las siguientes cosas:

• Se queja de manera razonable y de buena fe a la propietaria/o de algo relacionado con el arriendo
• Se queja o amenaza quejarse a una agencia gubernamental sobre el arriendo (como el inspector/a de edificios o el Consejo de Vivienda Justa, por ejemplo)
• Organiza o se une a una unión de inquilinas/os
• Testifica contra el propietario/a en la corte
• Ha ganado un caso de desalojo en los últimos 6 meses (a menos que haya ganado por un error técnico del propietario, por ejemplo si escribió mal el aviso de expulsión)
• Hace o amenaza con hacer algo para hacer valer sus derechos ante la ley


Si una propietaria/o toma represalias contra un inquilino/a, la inquilina/o tiene derecho a percibir daños en la cantidad de dos meses de renta o dos veces los daños concretos, y el inquilino/a puede utilizar la represalia como defensa ante el desalojo.  Pero la represalia puede que no prevenga el desalojo si Ud. está atrasado en pagar la renta o si Ud. o su invitado causaron el problema original.

La represalia es muy difícil de probar en la corte, y tener documentación del problema es sumamente importante.  Ejemplos de documentación incluyen;  copias de cartas a su propietaria/o pidiendo reparaciones, cartas con la contestación del propietario/a, declaraciones de personas que han visto ocurrir el problema, fotos del apartamento antes y durante el problema, o alguna forma de diario escrito sobre los sucesos relacionados con el problema.  A causa de su complejidad, hable con una abogada/o antes de ir a la corte por un caso de represalia.  Si Ud. necesita un abogado/a, podemos referirle a uno o Ud. puede llamar el Programa de Referencia del Colegio de Abogados de Oregon al 1-800-452-8260 x387.

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